La Prefectura Naval Argentina modificó los trámites del Registro Nacional de Buques. Entre los principales cambios, dejó sin efecto la prohibición automática de navegar por falta de pago de la Tasa Fija Anual por Renovación de Matrícula.
La Prefectura Naval Argentina estableció nuevas normas para los trámites correspondientes al Registro Nacional de Buques e introdujo modificaciones que alcanzan a propietarios de embarcaciones y motores fuera de borda.
Los cambios fueron establecidos mediante la Disposición 1053/2026, dictada el 26 de agosto y publicada en el Boletín Oficial.
La normativa aprobó la Ordenanza 1-26 del Tomo 2 “Régimen Administrativo del Buque”, que establece las nuevas normas y formularios que deberán utilizarse para realizar trámites ante el Registro Nacional de Buques.
Ya no será automática la prohibición de navegar
Uno de los cambios más importantes es la eliminación de la implementación automática de la prohibición de navegar por falta de pago de la Tasa Fija Anual por Renovación de Matrícula.
Según los fundamentos de la normativa, la decisión apunta a agilizar los procedimientos administrativos.
También se incorporó una declaración jurada para propietarios de unidades nuevas, mediante la cual deberán manifestar que la embarcación se encuentra en condiciones adecuadas de navegabilidad y que quien la conduzca posee la documentación habilitante correspondiente.
Cambios para motores fuera de borda
La nueva normativa también modifica las condiciones para la inscripción de los motores fuera de borda.
La inscripción será obligatoria para aquellos con una potencia igual o superior a 85 kW.
En el caso de los motores cuya potencia sea inferior a ese valor, la inscripción será optativa.
Además, dentro del Régimen Simplificado se contempla la intervención de una Organización Reconocida o de un profesional matriculado ante el Consejo Profesional de Ingeniería Naval.
Embarcaciones importadas y exportadas
También habrá modificaciones para buques y motores importados o exportados.
Los propietarios podrán presentar el certificado correspondiente expedido por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) o realizar una declaración jurada sobre el trámite.
Prefectura dispuso además la actualización de diferentes formularios para facilitar su confección.
Las nuevas reglas entraron en vigencia a partir de la publicación de la disposición en el Boletín Oficial.
