El Gobierno nacional oficializó la eliminación del régimen de compensaciones económicas que el Estado abonaba a las empresas de transporte de larga distancia por los pasajes gratuitos destinados a personas con discapacidad y otros grupos contemplados por la ley.
La medida fue establecida mediante la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada este martes en el Boletín Oficial. A partir de ahora, las compañías deberán continuar otorgando los boletos sin cargo, aunque ya no recibirán reintegros estatales por ese concepto.
El beneficio alcanza a personas con discapacidad, personas trasplantadas o en lista de espera y niños, niñas y adolescentes con cáncer.
Desde el Ejecutivo aclararon que el derecho a la gratuidad “permanece plenamente vigente y exigible”, mientras que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) deberá fiscalizar el cumplimiento de la normativa.
Según el texto oficial, el esquema de compensaciones había sido creado en un contexto de fuerte regulación estatal sobre tarifas y servicios. Con la desregulación impulsada tras el Decreto 883/2024, el Gobierno considera que “la causa estructural” que justificaba esas compensaciones “ha sido superada”.
